Si tu obra social o prepaga negó la cobertura médica indicada por tu médico, podemos iniciar el amparo judicial que los obliga a cumplir — en 10 a 30 días. Los honorarios los paga la obra social, no vos.
En Vilaplana & Asoc. nos dedicamos exclusivamente a los amparos de salud. No somos un estudio generalista que toca un poco de todo — somos especialistas en la acción judicial que obliga a obras sociales y prepagas a cubrir las prestaciones que les niegan a sus afiliados.
Sebastián Vilaplana se recibió en la Universidad Nacional de Mar del Plata en 2007 y desde entonces ejerció el derecho en distintas áreas. Con el tiempo eligió especializarse en lo que realmente importa: los amparos de salud, donde el resultado es inmediato y la diferencia en la vida de las personas es concreta.
Más de 15 años de experiencia, decenas de casos ganados ante la justicia federal de Mar del Plata, y un modelo de trabajo donde los honorarios los paga la obra social — no el cliente.
¿Por qué elegir un abogado especialista en amparos de salud y no uno generalista?
Los amparos de salud son un área específica del derecho. Requieren conocer la jurisprudencia federal, los plazos cautelares, las estrategias ante cada obra social y los criterios del juzgado local. Un abogado generalista puede tardar semanas en lo que un especialista resuelve en días.
Si te encontrás en alguna de estas situaciones, el amparo judicial es la herramienta legal para resolverlo.
Tu médico prescribió un medicamento — oncológico, biológico, de alto costo o de dispensación especial — y la obra social se niega a cubrirlo.
Tu prepaga rechaza la cobertura de una cirugía indicada, una prótesis ortopédica, un implante coclear u otro dispositivo médico necesario.
La obra social no autoriza quimioterapia, radioterapia, inmunoterapia u otro tratamiento oncológico indicado por tu oncólogo tratante.
Se niega la cobertura de acompañante terapéutico, estimulación temprana, escuela especial, ortopedia u otras prestaciones para personas con discapacidad.
El médico indicó internación en el hogar o ingreso a un geriátrico y la obra social o prepaga rechazó la prestación sin justificación médica.
Si tu médico indicó un tratamiento o prestación y tu cobertura lo rechazó, muy probablemente tenés la posibilidad de un amparo judicial. Consultanos.
Analizamos tu caso sin costo. Te decimos si tenés fundamento para el amparo y cómo avanzamos.
Reunimos la indicación médica, el rechazo de la cobertura y preparamos la presentación judicial.
Presentamos el amparo ante la justicia federal de Mar del Plata con urgencia cautelar.
En 10 a 15 días el juez puede ordenar la cobertura inmediata mientras continúa el proceso.
Tu obra social o prepaga queda obligada judicialmente a cubrir la prestación indicada.
No trabajamos de forma genérica. Cada caso que tomamos es de amparos de salud. Conocemos a fondo la jurisprudencia local, los tiempos del juzgado federal, y las estrategias que funcionan ante cada obra social y prepaga.
Eso es lo que te da más posibilidades de éxito — no un abogado que hace de todo, sino uno que hace esto y solo esto, con más de 15 años de experiencia en el fuero federal de Mar del Plata.
Elegí un abogado que se especialice exclusivamente en amparos de salud, no uno generalista. Verificá su trayectoria, sus casos anteriores y que pueda explicarte el proceso con claridad desde la primera consulta. En Vilaplana & Asoc. esa primera reunión es sin costo y te dice exactamente si tenés caso.
En los amparos de salud, los honorarios profesionales son a cargo de la obra social o prepaga demandada — no del cliente. Es una disposición legal. El cliente solo afronta los gastos mínimos del proceso (sellados, notificaciones). En Vilaplana & Asoc. si el cliente no puede afrontarlos, lo evaluamos caso por caso.
En casos urgentes podemos iniciar el amparo en 24 a 48 horas desde la primera consulta. El juez federal de Mar del Plata puede dictar la medida cautelar en 10 a 15 días, ordenando la cobertura inmediata mientras dura el proceso.
Sí: OSDE, Swiss Medical, Medife, Galeno, IOMA, Sancor, Medicus y la mayoría de las obras sociales y prepagas de Argentina. Los amparos se presentan ante la justicia federal de Mar del Plata, que tiene criterio y experiencia en este tipo de causas.
Sí, y es el perfil más común. La mayoría llega después de semanas de llamadas y correos. Sin el marco judicial, la obra social no tiene obligación de cumplir. El amparo cambia esa ecuación. El tiempo ya perdido no impide actuar ahora.
Contanos tu caso. En la primera consulta te decimos si tenés fundamento para el amparo y cómo avanzamos.